
La herramienta legal, que establece en 30% la ganancia máxima, ya es Ley Orgánica. Conozca qué viene tras su publicación en Gaceta Oficial
Caracas, 23/01/2014

Andrés Tovar.– El Presidente Nicolás Maduro anunció que fue aprobado el carácter orgánico de la Ley de Precios Justos, la cual saldrá este viernes en Gaceta Oficial.
“El TSJ declaró el carácter orgánico de la normativa nacida vía Habilitante” festejó el mandatario este jueves durante los actos conmemorativos del 23 de Enero. “Aprobada la ley mañana, arrancamos la nueva etapa de la ofensiva económica para luchar contra los especuladores y acaparadores; se acabó el pan de piquito, cada quien a ponerse en cintura con la nueva ley”.
“Igualmente, serán sancionados con multa de 1.000 Unidades Tributarias (UT) a 50.000 UT, y con la ocupación temporal del establecimiento hasta por 180 días”, expresa la norma.
Recalca que la reincidencia en la infracción será sancionada con la clausura de los almacenes, depósitos o establecimientos del sujeto infractor, así como, la suspensión del Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (RUPDAE).
ESPECULACIÓN
Quienes vendan bienes o presten servicios a precios superiores a los fijados por la SUNDDE, serán sancionados con 8 a 10 años de cárcel. Así mismo, serán objeto de una ocupación temporal del establecimiento hasta por 180 días y también tendrán que cancelar una multa de 1.000 a 50.000 UT.
La reincidencia en la infracción ocasionará la clausura del local, así como la suspensión del RUPDAE, detalla la normativa.
IMPORTACIÓN DE BIENES NOCIVOS
La Ley Orgánica de Precios Justos establece que quien importe o comercialice bienes declarados como nocivos para la salud y de prohibido consumo será castigado con 6 a 8 años de prisión.”Con igual pena, aumentada de un tercio a la mitad, será sancionado el funcionario o la funcionaria que autorice tal importación o comercialización”, especifica la ley.
Adicionalmente, expresa que quien venda o exhiba para su venta, alimentos, bebidas o medicamentos cuya fecha de consumo haya expirado o caducado, será penado con prisión de 1 a 3 años.
EXPENDIO DE ALIMENTOS O BIENES VENCIDOS
La ley dispone que quienes vendan productos alimenticios, bienes vencidos o en mal estado será castigado con multa de 200 UT a 10.000 UT, sin menoscabo de las sanciones penales a que hubiera lugar.